Carreras de galgos en Chile: qué dice la ley

En agosto de 2026 el Colegio Médico Veterinario de Chile volvió a poner el tema sobre la mesa: exige prohibir las carreras de galgos y derogar el artículo 16 de la Ley 20.380, la norma que hoy deja fuera de la Ley de Protección de Animales a los deportes con animales. Para quien atiende pacientes a diario, el debate no es abstracto: define qué se puede denunciar y qué queda en zona gris.
Qué es la Ley 20.380 y dónde está el vacío
La Ley 20.380 sobre Protección de Animales establece el marco general de bienestar animal en Chile: reconoce a los animales como seres capaces de sentir, fija deberes de cuidado para quienes los tienen bajo su responsabilidad y regula su uso en investigación, docencia y faenamiento. Es la base sobre la que después se construyó la Ley 21.020 de tenencia responsable de mascotas.
El punto de conflicto es su artículo 16, que señala que las normas de esa ley no se aplicarán a los deportes en que participen animales, mencionando expresamente el rodeo, las corridas de vaca, el movimiento a la rienda y los deportes ecuestres, los que se rigen por sus propios reglamentos. En otras palabras, existe un conjunto de actividades que quedan reguladas por sus federaciones y no por el estándar general de protección animal.
Qué pide el Colegio Médico Veterinario
Colmevet reiteró en agosto de 2026 su rechazo a las carreras de perros galgos, práctica que, según el gremio, provoca daños físicos y psicológicos graves e injustificados en los animales. Sus planteamientos apuntan a tres frentes:
- Derogar el artículo 16 de la Ley 20.380, para que ninguna actividad quede exenta de las normas de bienestar animal por razones culturales, deportivas o económicas.
- Avanzar en el proyecto de ley que prohíbe y sanciona expresamente las carreras de galgos, en cuya tramitación han participado representantes de su Comisión Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas.
- Dotar a la ley de un reglamento que permita fiscalizar y sancionar de manera efectiva los incumplimientos, y no solo declarar principios.
El argumento de fondo es técnico antes que ideológico: la evidencia sobre estrés, lesiones y destino de los animales al término de su vida deportiva no depende de si la actividad se llama deporte o espectáculo.
La mirada clínica: qué lesiones vemos
El galgo de carrera es un atleta extremo, y su patrón de daño es reconocible en la consulta. En perros sometidos a carreras de velocidad en pista o en terreno irregular predominan:
- Lesiones musculoesqueléticas agudas: desgarros musculares, luxaciones y fracturas por caídas o colisiones a alta velocidad.
- Lesiones de partes blandas y almohadillas: abrasiones, heridas por reja o alambre y cortes en pistas mal mantenidas.
- Golpe de calor y agotamiento en jornadas de verano, un riesgo agravado por la delgada capa grasa de la raza.
- Consecuencias del manejo: desnutrición, parasitosis y falta de vacunación en animales mantenidos fuera de circuitos formales de atención.
Cuando estos perros llegan a rehabilitación o adopción, el trabajo posterior es largo: manejo del dolor con escalas objetivas, fisioterapia y una reeducación conductual que considere el miedo y la hipersensibilidad al entorno doméstico.
Qué han hecho otros países de la región
Chile discute algo que sus vecinos ya resolvieron. Argentina prohibió las carreras de perros mediante la Ley 27.330, y Uruguay hizo lo propio a través del Decreto N.º 431/018. En ambos casos la norma no solo veta la competencia, sino también su organización y promoción, que es donde suele estar el negocio asociado a las apuestas.
Qué puede hacer la clínica veterinaria
Mientras el debate legislativo avanza, el rol profesional sigue siendo el mismo: atender, documentar y, cuando corresponde, denunciar. Un maltrato sospechado se sostiene o se cae según la calidad del registro clínico.
- Documentar con precisión: descripción de lesiones, ubicación, estadio de cicatrización, fotografías fechadas y peso. Una ficha clínica electrónica con adjuntos e historial inalterable es una herramienta probatoria mucho más sólida que una carpeta de papel.
- Registrar el relato del tutor tal cual, sin interpretaciones, y dejar constancia de las inconsistencias entre la historia y los hallazgos.
- Conocer el procedimiento de denuncia ante Carabineros, PDI o el Ministerio Público, tema que revisamos en detalle en el artículo sobre denuncia de maltrato animal en Chile.
- Verificar la identificación del animal y su inscripción en el Registro Nacional de Mascotas, que permite vincular al responsable legal.
- Formalizar los procedimientos con consentimiento informado y respaldo escrito, especialmente en casos que podrían terminar en tribunales.
En Wirevet ese respaldo es parte del flujo normal de trabajo: cada atención, examen, imagen y receta queda asociada al paciente y al profesional que la realizó, con fecha y hora, de modo que reconstruir un caso meses después no depende de la memoria de nadie. Puedes ver cómo funciona en la sección de funcionalidades.
Preguntas frecuentes
¿Las carreras de galgos están prohibidas en Chile?
A agosto de 2026 no existe una ley que las prohíba de manera expresa: hay un proyecto en tramitación en el Congreso y el Colegio Médico Veterinario ha pedido acelerarlo. Los hechos de maltrato o crueldad asociados sí pueden perseguirse por la vía penal general.
¿Qué dice exactamente el artículo 16 de la Ley 20.380?
Señala que las normas de esa ley no se aplican a los deportes en que participen animales, mencionando el rodeo, las corridas de vaca, el movimiento a la rienda y los deportes ecuestres, que se rigen por sus propios reglamentos. Colmevet pide derogarlo para eliminar esa excepción.
¿Cómo denuncio un caso de maltrato a un galgo o a cualquier perro?
La denuncia puede presentarse ante Carabineros, la PDI o directamente en el Ministerio Público, y conviene acompañarla con antecedentes veterinarios. Un informe con fecha, fotografías y descripción detallada de las lesiones aumenta mucho las probabilidades de que la causa prospere.
¿Qué debe registrar la clínica cuando sospecha maltrato?
Descripción objetiva de las lesiones y su antigüedad, peso y condición corporal, fotografías fechadas, exámenes complementarios y el relato textual del responsable. Guardar todo eso en la ficha clínica electrónica del paciente, con trazabilidad de quién y cuándo lo registró, es lo que sostiene un informe si el caso llega a tribunales.
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